A finales de 2019, Edilfibro Spa adoptó el modelo de organización, gestión y control previsto en el Decreto Legislativo 231/01:
El proveedor/cliente declara haber leído y aceptado plenamente el “Código de Ética” y el “Modelo de organización y control según el Decreto Legislativo 231/01” publicados en este sitio web en la sección “Certificaciones“.
Por lo tanto, el proveedor/cliente se compromete a mantener un comportamiento que cumpla con las disposiciones del Código Ético y del Modelo antes citado y, en cualquier caso, que no se exponga al riesgo de aplicación de las sanciones previstas por el citado decreto. El proveedor/cliente también se compromete a comunicar inmediatamente a Edilfibro la ocurrencia de eventos que sean real o potencialmente perjudiciales para el Código de Ética y/o el Modelo ex 231/01, o la ocurrencia de eventos que constituyan un incumplimiento de las normas. del citado Decreto Legislativo 231/01.
El incumplimiento por parte del proveedor/cliente de los compromisos indicados anteriormente constituirá un incumplimiento grave del contrato y legitimará a Edilfibro Spa para resolver el contrato con efectos inmediatos, en los términos y a los efectos del art. 1456 Código Civil.